Si bien Colombia cuenta con un Sistema Antilavado de Activos y Contra la Financiación del Terrorismo donde se encuentran involucrados los hogares y su participación ciudadana, el gobierno, los diferentes sectores de la economía y hasta los organismos internacionales del país, durante los últimos años ha venido tomando fuerza y consolidándose cada vez más con valiosos resultados contra la economía ilícita producto de estos delitos, sin embargo, no ha sido lo suficientemente efectivo a comparación de la magnitud de dichas conductas, es por esto que para fortalecer el sistema y consolidarlo se actualiza el CONPES 3793 al 4042.
Este, hace referencia a la Política Nacional Antilavado de Activos, Contra La Financiación del Terrorismo y Contra la Financiación de La Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, aprobada el 9 de agosto de 2021, por el Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES).
Construcción del CONPES 4042
La construcción de esta política tuvo en cuenta los resultados de diversas evaluaciones como resultados del Informe de Evaluación Mutua (IEM) del GAFILAT 2018, el Plan Nacional de Desarrollo (PND 2018-2022) y la Evaluación Nacional del Riesgo (ENR 2019), política en la cual se identifican 4 causas principales por las que el Sistema ALA/CFT en Colombia no es suficiente:
- La diferencia de entendimiento en los factores del Sistema de los fenómenos de LA/ FT/FPADM.
- Poca calidad del marco normativo vigente.
- Baja disponibilidad, accesibilidad y calidad de la información necesaria para llevar acabo las funciones misionales de los diversos actores del sistema.
- Baja articulación interinstitucional.
Las amenazas y vulnerabilidades presentados por la ENR hacen referencia a la ganancias de las diferentes actividades criminales, el financiamiento del terrorismo, la falta de personal capacitado y especializado para desarrollar el sistema ALA/CFT, la alta rotación de personal en los procesos que ayudan con el desarrollo del sistema, la falta de infraestructura tecnológica y debilidad en la accesibilidad en información confiable para el conocimiento de las contrapartes.
Falencias identificadas
- CONPES 3793: El corto plazo a las disposiciones aquí consignadas que aunque se cumplió a cabalidad, esta no trajo mejoras y cambios al sistema ALA/CFT.
- La evidencia de el gran desacuerdo entre la economía ilícita versus la intervención del Estado, como por ejemplo, para 2019 se evitó que se lavaran el 2.3% del PIB producto del narcotráfico, sin embargo, este mismo delito alcanzó a generar el 2.9% de recursos del PIB para el mismo año.
- La calificación parcialmente cumplida de 15 de las 40 recomendaciones de acuerdo con el IEM de 2018 y 1 No cumplida.
- Tanto la Evaluación Mutua (2018 GAFI) y la Evaluación Nacional del Riesgo de LA/FT (2019) identificaron que el riesgo LA se encuentra calificado como medio alto y el riesgo FT como medio.
- Los delitos que constituyen una mayor amenaza para el Lavado de Activos según la ENR 2019 son: contra la administración pública, el enriquecimiento ilícito, el tráfico de estupefacientes, el testaferrato y el contrabando.
- Los delitos que constituyen una mayor amenaza para la Financiación del Terrorismo según la ENR 2019 son: narcotráfico, contrabando, extorsión y explotación ilícita de yacimientos mineros.
- Teniendo en cuenta que es el 60% de las faltas las que representan los delitos contra la administración pública por las personas que cumplen con la categoría de PEP[1], la ENR[2] halló dificultades para la identificación a nivel nacional de estas personas por falta de un registro de uso público para la verificación de servidores públicos y contratistas que cumplen con tal condición en el SIGEP[3].
- Baja calidad del ROS[4]: En la ENR 2019 se identificó la preocupación por parte del sector real y las APNFD[5], ya que los sistemas de administración se enfocan principalmente en el sector financiero y el IEM[6] 2018 identificó inexperiencia de los sujetos obligados a reportar.
- No contar un sistema centralizado de información para los procesos de extinción de dominio, ya que se encuentra fragmentada por las distintas entidades responsables, SAE[7], FGN[8], Ministerio de justicia y de Derecho; y no permite la unificación e integración de esta para identificar a nivel país el inicio de procesos, vinculación de bienes a estos, ubicación del bien y la decisión que se tomó.
- En el informe de evaluación mutua de Colombia, se enuncian las debilidades en la colaboración interinstitucional entre la UIAF y los supervisores y la UIAF y las autoridades de aduanas. Por otro lado, respecto a la normatividad este informe concluye que algunos delitos precedentes no están cubiertos y no existe la responsabilidad penal de las personas jurídicas por LA.
Luego de la evaluación al sistema antilavado de Colombia realizada por el Fondo Monetario Internacional (FMI) donde los resultados fueron conocidos en el año 2018, Colombia identificó, evaluó y entendió los riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo a los que se encuentra expuesto y sus diferentes sectores de la economía, por lo tanto y según el GAFI, Colombia debe asegurar que las autoridades del sistema antilavado cuenten con mecanismos eficaces que faciliten la cooperación, coordinación e intercambio de información en el desarrollo e implementación de políticas y estrategias para combatir estos delitos.
Con el fin de dar respuesta y solución al diagnóstico anterior, la política plantea 8 líneas de acción agrupadas en cuatro (4) ejes, las cuales implican la implementación de acciones de política por parte de diferentes entidades así:
Fuente: Elaboración Propia.
La ENR[9] 2019 hace la invitación de integrar todos los sectores económicos en la estandarización de una norma de obligatorio cumplimiento, en la cual se establezcan niveles de supervisión que se adapten a las particularidades de cada sector, ya que hasta el momento los esfuerzos implementados para luchar contra el LA/FT están de manera individualizada.
Gracias a esta invitación hecha por la ENR 2019 el gobierno desarrolló las 8 líneas de acciones anteriormente mencionadas, las cuales ayudan, con el fin de avanzar en la implementación y ejecución de los 4 ejes estratégicos del CONPES 4042, que tienen como principal objetivo fortalecer el sistema ALA/CFT/CFPADM.
En conclusión
Buscando incentivar la participación de todos los ciudadanos para la prevención y culturización de denuncia de este tipo de conductas y dando cumplimiento a lo expuesto en el CONPES 4042, esta política busca que el Sistema en Colombia se adapte a los estándares internacionales fortaleciendo el sistema ALA/CFT/CFPADM con la destinación de $10.392 millones para afianzar y extremar las acciones contra el crimen organizado a través de arduas tareas implementadas por entes regulatorios como:
La UIAF desarrollará entre 2021 y 2024 un plan de capacitación con certificación académica a través del desarrollo de una plataforma de entrenamiento multidimensional (PEM), y campañas por medio de diversas cartillas para la comprensión de estos delitos que contribuyan a cerrar las brechas en el entendimiento de los fenómenos de LA/FT/FPADM y que permitan aumentar el entendimiento de todos los actores sobre las actividades de cada una de las fases de la cadena de prevención, detección, investigación y judicialización y refuercen los roles específicos en cada uno de los procesos.
El Ministerio De Defensa Nacional y la fiscalía general de la Nación deberán desarrollar documentos de análisis que contribuyan al entendimiento de las economías ilícitas y el lavado de activos. Por otro lado, la UIAF deberá en conjunto con otras entidades implementar una metodología para estimar el valor de la amenaza, el lavado de activos y la tasa de interceptación que alcanza el sistema, adicionalmente deberá generar indicadores para evaluar la completitud, calidad y efectividad de los Reportes de Operación Sospecha.
Fortalecer el marco normativo antilavado de activos, contra la financiación del terrorismo y contra la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva para adaptarlo a los estándares internacionales, dentro de eso se encuentra la modificación del artículo 345 de la Ley 599 de 2000, considerando la PADM como un elemento normativo dentro del tipo penal e incluyéndolo como delito fuente, la presentación de un proyecto de ley donde este incluido el congelamiento preventivo de activos de personas designadas como terroristas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, iniciativas, normativas y técnicas, para garantizar el cumplimiento de las disposiciones contempladas en materia de beneficiarios finales, proyecto de decretos reglamentarios para estandarizar el concepto de cumplimiento y las funciones de supervisión de las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD), en el marco de los estándares internacionales del GAFI, entre otras iniciativas legislativas.[10]
En conclusión, resaltando lo que expone el CONPES 4042, “la implementación de esta política integral permitirá alcanzar resultados notables en la forma en que el Estado se articula y coordina intersectorialmente para alcanzar mayor efectividad en el desmantelamiento de las organizaciones criminales desde el combate a su base financiera. De esta forma, se logrará disminuir la expectativa de ganancia de estos grupos e incrementar la tasa de interceptación de los recursos de origen ilícito que son filtrados en la economía, apoyando esquemas de financiación del terrorismo y en detrimento de la economía nacional y el bienestar de los colombianos”.[11]
Ver aqui documento CONPES 4042 Completo
Siglas utilizadas:
[1] Personas Expuestas Políticamente
[2] Evaluación Nacional del Riesgo
[3] Sistema de Información y Gestión del Empleo Público
[4] Reporte de Operación Sospechosa
[5] Actividades y Profesiones no Financieras Designadas
[6] Informe de Evaluación Mutua
[7] Sociedad de Activos Especiales
[8] Fiscalía General de la Nación
[9] Evaluación Nacional del Riesgo
[10] Notas_ALA-CFT_CONPES UIAF
[11] Conpes 4042
Por P. Cañaveral y Y. Newball